26 de septiembre de 2023
Si estás pensando en realizar una reforma en casa, es probable que te estés familiarizando con los términos de obra mayor y menor; así como con las licencias necesarias para poder ejecutarlas.
Pero… ¿todas las obras precisan de licencia?, ¿qué diferencia hay entre ambas?, ¿qué pasa si no se solicitan?
Las actuaciones sujetas a licencias están expuestas en las normativas urbanísticas municipales y dependen de cada Ayuntamiento. Normalmente, aparecen reflejadas en el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU).
Existen dos tipologías de obra – las obras mayores y las obras menores – y cada una de ellas tiene sus permisos, peculiaridades y sanciones.
Veamos en qué se diferencian.
Las obras menores son las que se llevan a cabo sin afectar a la estructura del inmueble. Se caracterizan por su simplicidad técnica y constructiva; así como por su baja inversión económica.
Engloba todas aquellas acciones de reparación, mantenimiento o decoración.
Existen algunos casos en los que no es necesario solicitar ningún tipo de permiso o licencia de obras menores como, por ejemplo:
En el caso de ser necesario una licencia de obra, ésta se tramita con una declaración responsable de obras. Es decir, la obra puede dar comienzo el mismo día en que se solicita, no hace falta esperar la notificación del Ayuntamiento.
La licencia de obra menor será necesaria en actuaciones del siguiente tipo:
En el caso de realizar una obra menor sin licencia, las sanciones oscilarían entre los 600€ y 1000€.
Las obras mayores, por el contrario, tienen una mayor complejidad técnica y constructiva. Implican una modificación de más envergadura y requieren de un proyecto técnico oficial.
Se trata de obras que conllevan modificaciones en las estructuras de una vivienda, así como intervenciones que alteran el uso y/o el conjunto del inmueble.
En este caso, llevar a cabo una obra mayor sin licencia puede acarrear multas de hasta 300.000€; además de la detención y demolición de la obra.
Las licencias de obra son los permisos necesarios para poder ejecutar una intervención o reforma en una vivienda.
Solicitarlas a la administración local es obligatorio por dos motivos:
Su solicitud se lleva a cabo en la administración local e implica el pago de una serie de tasas establecidas en el Artículo 20 de la Ley 39/1988 Reguladora de las Haciendas Locales.
Si estás a punto de realizar una reforma en tu vivienda, te recomendamos acudir siempre a profesionales que te informen acerca de las obligaciones administrativas. De esta forma, te asegurarás estar llevar a cabo una actuación segura y sin impedimentos.
Reformar una vivienda puede ser una excelente estrategia para obtener un mayor beneficio a la hora de venderla o alquilarla.
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