15 de octubre de 2024
Desde mayo de 2023, hemos analizado varios aspectos relacionados con la Ley de Vivienda. En su momento, resaltamos que Cataluña fue la primera comunidad autónoma en aplicar la regulación de precios en el alquiler y, de hecho, a fecha de redacción de este artículo continúa siendo la única.
Ahora bien, esta normativa continúa evolucionando. El 9 de octubre de 2024, la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana anunció una actualización clave: 131 nuevas localidades se suman a las 140 que ya habían sido declaradas zonas tensionadas en Cataluña.
Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Resolución TER/2408/2024 y su entrada en vigor, estas son las áreas oficialmente reconocidas como tensionadas:
Según la Ley 12/2023 del Derecho a la Vivienda, cuando se clasifica una zona como tensionada, las autoridades pueden establecer límites en el precio del alquiler en nuevos contratos, basándose en el importe del contrato previo.
Recordemos que, para que una zona sea considerada tensionada, deben cumplirse ciertos requisitos. Entre ellos:
En función de la situación, la normativa se aplica de diferentes maneras:
Para pequeños propietarios con viviendas alquiladas previamente: el alquiler del nuevo contrato debe mantener el precio anterior, con la posibilidad de un incremento del 3%.
Eso sí, se permite aumentar el precio hasta un 10% si la propiedad ha experimentado mejoras, tales como:
Estas excepciones buscan equilibrar la inversión del propietario en el inmueble con el derecho del arrendatario a mantener un precio justo.
Para viviendas no alquiladas en los últimos cinco años: si el propietario no ha alquilado la vivienda en este periodo, el nuevo contrato debe ajustarse al índice de referencia del precio del alquiler en la zona. En caso de que la vivienda tenga una superficie superior a los 150 m2, se podrá fijar libremente el precio, puesto que en la actualidad el índice de referencia no indica ningún precio en estos casos.
Para grandes propietarios: la Resolución establece que en Cataluña se considera “gran tenedor” a quienes poseen cinco o más inmuebles residenciales dentro de zonas de mercado tensionado, incluyendo también su vivienda principal y cualquier segunda residencia que pudieran poseer.
Como contraprestación a las limitaciones impuestas, los pequeños propietarios pueden acceder a diversas deducciones fiscales.
Generalmente, el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) sobre el rendimiento neto se reduce al 50%, aunque este porcentaje puede aumentar en las siguientes circunstancias:
Con el objetivo de asegurar que todos los propietarios cumplan con la legislación, también se introducen sanciones que van desde los 3.000 € hasta los 900.000 €. Estas se organizan de la siguiente manera:
Por lo tanto, para evitar dichas sanciones resulta fundamental contar con un buen asesoramiento para cumplir con todas las normativas vigentes, además de garantizar tranquilidad y seguridad en cada paso del proceso.
Cada día nos llegan más consultas a nuestro departamento de Gestión de Patrimonios y Alquileres por parte de los propietarios ante los constantes cambios y novedades normativas que afectan a los contratos de alquiler de vivienda.
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