Así afecta el IPC en la subida del alquiler en Caldes d’Estrac

22 de septiembre de 2022

El IPC, Índice de Precios al Consumidor, ha registrado récords nunca vistos en los últimos 38 años, llevando consigo una repercusión en el precio del alquiler de las viviendas.

No obstante, esta subida se encuentra actualmente limitada al 2% por parte del Gobierno para los contratos que se actualicen entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2022.

El objetivo principal de esta medida es que los inquilinos no sufran unas subidas desorbitadas y sin previo aviso en la renta.

¿Tienes una vivienda arrendada en Caldes d’ Estrac y te interesa conocer cómo te afecta esta situación? En el blog de hoy, analizamos todo aquello que necesitas saber.

Cómo afecta el IPC en la subida del alquiler en Caldes d’Estrac

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Se prevé que el IPC continúe incrementando hasta finales de año. Ahora bien, dependiendo del tipo de contrato de alquiler que hayas firmado con el inquilino, esta situación te afecta de una manera u otra.

En el momento en el que se hace oficial un contrato de arrendamiento, debe pactarse el sistema de actualización de la renta. Éste se revisará de manera anual y se ajustará correctamente a la situación del mercado. Si no se recoge expresamente en dicho contrato, no se podrá subir la renta después.

Cuando se produzca esta revisión anual, se estudiará el valor registrado del IPC dos meses antes de la fecha.

Una vez el arrendador haya calculado la nueva renta, deberá avisar, de manera obligatoria, con un mes de antelación al inquilino antes del nuevo pago.

La fecha en la que se haya firmado el contrato afecta de la siguiente manera a la actualización de la renta:

  • Si el contrato se firmó antes del 2013, la renta se actualiza durante los primeros cinco años según el IPC. A partir del sexto año, el que estipulen las partes en el contrato y en el caso de no especificarse, se aplicará el IPC.
  • Entre junio de 2013 y abril de 2015 se aplicará aquello que pacten las partes en el contrato. Si no se especifica, se aplica el IPC.
  • En aquellos contratos firmados entre abril 2015 y marzo 2019, si no existe pacto entre las partes, no se realiza revisión de la renta.
  • Aquellos contratos de entre abril de 2015 y marzo de 2019, al igual que en el caso anterior, si no hay un pacto, no se revisa la renta.
  • En los contratos firmados desde marzo de 2019, la renta se actualiza por pacto expreso entre arrendador y arrendatario, pero con la medida mencionada anteriormente, un límite de subida del 2%.
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