La nueva Plusvalía Municipal

22 de noviembre de 2021

Si hace unos días, en nuestro blog, compartíamos con vosotros la noticia de que el Tribunal Constitucional había anulado el impuesto de Plusvalía Municipal, hoy tenemos que contaros que hay novedades al respecto. 

Entra en vigor el nuevo Real Decreto-Ley 26/2021 que modifica la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Por lo que no se anula el impuesto de la Plusvalía Municipal, sino que se modifica su método de cálculo.

Los dos métodos de cálculo de la nueva Plusvalía Municipal

La sentencia del TC consideraba inconstitucional el método objetivo de determinación de la base imponible. 

Esta normativa regula un nuevo sistema de cálculo de la base imponible de la Plusvalía Municipal basado en dos metodologías. Dos opciones que permiten al propietario elegir la más beneficiosa para él en el momento de vender, donar o heredar.

1. Estimación Objetiva

La base imponible se calculará multiplicando el valor catastral del suelo por los coeficientes fijados por el Ayuntamiento del municipio donde se encuentra la vivienda.

Será deber del Ayuntamiento actualizar estos coeficientes anualmente en función de la evolución del mercado inmobiliario. 

También se les otorga la posibilidad de corregir hasta un 15% a la baja los valores catastrales del suelo, con el objetivo de adaptarse a la realidad inmobiliaria de cada municipio.

2. Estimación Directa

Con esta opción, se tendrá en cuenta la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de venta.

Si el contribuyente demuestra que el incremento de valor es inferior con este método, que el determinado por el método de estimación objetiva, podrá quedarse con este valor.

En aquellos casos en los que no exista un incremento de valor, los propietarios podrán acogerse al supuesto de no sujeción.

¿Cuándo entra en vigor la nueva Plusvalía Municipal? 

La entrada en vigor oficial del nuevo sistema de cálculo fue justo el día siguiente de la publicación de la nueva normativa; concretamente el 10 de noviembre de 2021.

Los Ayuntamientos de cada municipio cuentan con un plazo de 6 meses para adaptar su marco legal al nuevo real decreto-ley.

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