10 de octubre de 2024
Según datos publicados por el periódico El País, en 2023 existían alrededor de 1,2 millones de comunidades de propietarios en nuestro país. Una cifra que refleja la importancia de mantener a todos los residentes informados sobre aquellos aspectos más relevantes.
En anteriores artículos hemos abordado temas de su interés, pero aún no habíamos profundizado en uno esencial: los estatutos que regulan la convivencia en una comunidad. Por eso, hoy dedicamos este espacio a explicarlos de manera clara y concisa.
Los estatutos definen los derechos y obligaciones de quienes habitan o poseen inmuebles en un edificio. Estas normas pueden personalizarse para adaptarse a las características específicas de cada comunidad.
¿Qué aspectos suelen abarcar?
Generalmente, la redacción de los estatutos recae en profesionales designados por los administradores de la comunidad. Estos expertos ajustan las disposiciones a las particularidades del inmueble y aseguran que cada punto sea claro y esté bien estructurado.
Una vez redactados, se presentan en una junta extraordinaria para su aprobación, que requiere el respaldo unánime de los propietarios. Si no se alcanza este consenso, el documento se revisa hasta lograr la conformidad de todos.
Posteriormente, los estatutos se inscriben en el Registro de la Propiedad para que tengan validez legal.
Con el paso del tiempo, las necesidades de la comunidad pueden cambiar y llevar a hacer necesario ajustar los estatutos. Un proceso que incluye:
La respuesta es no. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH), a través de sus artículos 5,6 y 17, regula los estatutos, pero no exige su existencia.
Eso sí, es recomendable contar con ellos por varias razones:
¿Te gustaría proponer en la próxima junta la redacción de los estatutos en tu comunidad de propietarios? Si la respuesta es sí, te interesará saber que en Area Real Estate somos miembros del Colegio de Administradores de Fincas Barcelona – Lleida, CAFBL.
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