10 de mayo de 2023
El pasado 27 de abril de 2023, el Gobierno dio a conocer la autorización de la Nueva Ley de la Vivienda tras su votación en el Congreso de los Diputados.
Aunque aún queda la aprobación definitiva por parte del Senado, se espera que esto ocurra antes de las elecciones autonómicas y municipales previstas para el 28 de mayo de 2023.
¿Cuáles son las claves de esta nueva ley?
Como adelantamos en el artículo, “prórroga de la subida máxima del 2% de los alquileres”, actualmente el límite está fijado al 2% para todas las viviendas. Aunque se trata de una medida temporal.
Durante el 2024 alcanzará el 3% y a partir del 2025 se diseñará un nuevo índice que sea más estable a fin de evitar fuertes aumentos en las rentas.
El límite afectará a grandes y pequeños propietarios y regulará tanto los contratos nuevos como los ya existentes.
Los topes se establecerán según la modalidad del contrato y el tipo de propiedad, indexándose:
Se reducirá el nivel de exigencia para que los gobiernos regionales y locales puedan declarar una zona como tensionada.
Aunque será necesario cumplir con al menos una de estas dos condiciones:
El propietario gran tenedor será responsable de presentar una solicitud de desahucio para demostrar tanto su estatus como determinar si el ocupante se encuentra en una situación de vulnerabilidad.
Si se confirma que el propietario es un gran tenedor, será necesario proporcionar evidencia de haber llevado a cabo un proceso de mediación a través de los servicios de la administración pública antes de proceder con el desahucio.
Las autoridades deberán promover el adecuado realojo y acceso a la vivienda digna, atendiendo a las condiciones de vulnerabilidad social, económica, las circunstancias personales y familiares.
Paralelamente, las comunidades autónomas podrán diseñar mecanismos de mediación y alternativa habitacional.
Se recogerá un sistema de bonificación fiscal en el IRPF para aquellos propietarios que tengan viviendas en alquiler en zonas tensionadas.
Se dará la opción a las comunidades autónomas de rebajar de diez a cinco el número de viviendas que tiene que poseer un propietario – ya sea persona física o jurídica – en una zona tensionada para ser considerado gran tenedor.
Los porcentajes de reserva de suelo para viviendas protegidas aumentarán:
Los ayuntamientos podrán aplicar un recargo en el Impuesto Sobre Bienes Inmuebles (IBI) en aquellas viviendas que estén vacías durante más de dos años.
La penalización será de al menos el 50%, llegando a un máximo del 150% en función de la duración de la desocupación y del número de viviendas deshabitadas que sean del mismo titular.
El objetivo es incentivar a los propietarios con más de cuatro viviendas en el mismo municipio a ponerlas en alquiler.
Esta nueva Ley complica la gestión de las viviendas por parte de los propietarios. En Area Real Estate queremos liberaros de cualquier traba que pudiera darse en el proceso de arrendamiento, ayudándoos de principio a fin y ocupándonos de todas las gestiones requeridas.
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