13 de julio de 2023
En cada comunidad de vecinos existe la figura del presidente. Un cargo que conlleva una serie de responsabilidades y obligaciones para que la gestión del edificio sea la correcta.
Pero… ¿Cómo se elige al presidente de una comunidad de propietarios? ¿Es obligatorio asumir el cargo? ¿Cuánto dura este deber? Desde Area Real Estate damos respuesta a las dudas más frecuentes.
Aunque la junta de propietarios tiene un papel fundamental como órgano de gobierno en la comunidad, el presidente actúa como enlace entre las gestiones y asume la representación de la junta en diversas ocasiones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Propiedad Horizontal, el presidente debe ser designado entre los propietarios a través de un proceso de elección. De no ser posible, mediante un sistema de turno rotatorio o sorteo.
Cualquier propietario de una vivienda en una comunidad de vecinos puede ser presidente. Concretamente, el artículo 13.2 establece que solo aquellos que residen en alquiler o terceras personas quedan excluidos de ocupar el puesto.
En efecto. El propietario no puede rechazarlo. Es necesario evitar que el puesto quede vacante, ya que la comunidad debe contar siempre con un representante.
Eso sí, existen circunstancias que podrían justificar que alguien no pueda asumir el cargo:
Según lo establecido en el artículo 13.7, generalmente tiene una duración de un año, a menos que los estatutos indiquen lo contrario.
La junta tiene la facultad de decidir el cambio de presidente antes de que finalice su mandato, convocando una sesión extraordinaria en la cual los designados pueden ser removidos de su cargo.
Aparte de ostentar legalmente la representación del edificio tanto en juicio como fuera de él, ser presidente conlleva las siguientes responsabilidades:
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