La Generalitat de Cataluña resuelve las alegaciones contra la Ley de Vivienda

15 de septiembre de 2023

En mayo de 2023 entró en vigor la Ley de Vivienda en nuestro país. Una de las regulaciones más controvertidas en el mercado inmobiliario en los últimos años. Empresas privadas, entidades y administraciones públicas presentaron sus alegaciones, con el objetivo de cuestionar la metodología y las fuentes de datos utilizados.

Unas enmiendas a las que la Generalitat de Cataluña respondió – el pasado 22 de agosto de 2023 – cuando entregó ante el Gobierno central la “Resolución de la Secretaría de Vivienda de la Generalitat”. Esta resolución incorpora ciertos cambios en la memoria inicial.

Cataluña apuesta por aplicar el tope al alquiler

De aprobarse dicha resolución, Cataluña se erigiría como la primera Comunidad Autónoma en aplicar los topes de precios al alquiler.

La Generalitat de Cataluña considera que 140 municipios – donde reside cerca del 80% de la población, equivalente a 6,2 millones de personas – podrían ser considerados mercados residenciales tensionados.

La consejera de Territorio, Ester Capella i Ferré, afirma que la finalidad es controlar los precios del alquiler y asegurar el acceso fundamental a la vivienda. Destaca además que Cataluña ha tomado medidas ante una situación de emergencia, y que el Gobierno se compromete a satisfacer a la población.

¿Cuáles serían las consecuencias de aplicar los topes de alquiler?

  • Empezarían a funcionar los controles de las rentas. Se utilizaría como base el índice de precios elaborado por la administración autonómica. Antes se requeriría validar este sistema, un proceso que la Ley estatal no regula y debería realizar el Gobierno en funciones.

La definición de las zonas tensionadas se basa en dos conceptos:

  • El precio promedio de la vivienda supera el 30% de los ingresos medios de la zona.
  • El precio del inmueble ha aumentado más de 3 puntos porcentuales por encima del IPC en los últimos cinco años.

Se rebajan de 10 a 5 los inmuebles en propiedad para ser gran tenedor

En el documento presentado se considera como gran tenedor:

  • La persona – física o jurídica – que tiene cinco o más inmuebles, o es propietaria de una superficie de más de 1.500 m2 destinada a uso residencial, excluyendo garajes y trasteros.

Cumplir con estas condiciones conllevaría una restricción en la capacidad para establecer los precios del alquiler. La Ley de Vivienda limita el aumento anual al 2% en 2023 y al 3% en 2023, incluso si el inmueble se encuentra en una zona tensionada.

Además, los grandes tenedores:

  • Tendrían mayores responsabilidades de proporcionar información detallada sobre la propiedad, incluyendo datos informativos, usos, reformas y calificación energética.
  • Deberían prorrogar automáticamente el contrato por un año si el inquilino demuestra una situación de vulnerabilidad.
  • Asumirían los costes de gestión inmobiliaria y formalización del contrato.

Los promotores sociales no serán considerados grandes tenedores

La memoria entregada establece que los promotores sociales y los promotores privados cuyo objetivo principal sea la promoción de viviendas de protección oficial para la venta (y no para el alquiler) quedarían excluidos de la categoría de grandes tenedores.

Ley de Vivienda

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