5 de abril de 2024
En anteriores posts hemos ido explorando diversos temas relacionados con los alquileres; desde la venta de inmuebles ocupados hasta detalles sobre las fianzas y métodos para seleccionar un buen arrendatario, entre otros.
En el artículo de hoy, queremos abordar otro de los temas con impacto directo en un arrendamiento: los plazos de preaviso para la finalización de un contrato de alquiler. Un aspecto importante que – tanto propietarios como inquilinos – deben tener en cuenta ante las variadas situaciones que pueden presentarse.
Los contratos de alquiler pueden durar hasta cinco años, extendiéndose a siete cuando el arrendatario es una entidad jurídica. Además, existe la opción de renovarlos por un periodo adicional de hasta tres años si las partes no cumplen con los periodos de preaviso previos requeridos.
Después de seis meses desde el inicio del periodo de arrendamiento, el inquilino tiene la libertad de anunciar la finalización del acuerdo del alquiler en cualquier momento. Eso sí, debe asegurarse de avisar al propietario:
De acuerdo con el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU):
Por lo tanto, si el inquilino decide abandonar el inmueble sin respetar el tiempo de preaviso acordado, deberá enfrentar la indemnización especificada en el acuerdo y abonar los meses pendientes hasta completar dicho plazo. Para periodos menores a un año, se determina la compensación proporcional correspondiente.
Tras completar el primer año, el propietario también tiene la opción de rescindir el contrato. Eso sí, solo puede hacerlo si tiene intención de utilizar la vivienda alquilada como su propio hogar o para cederla a:
Ahora bien – para ejercer este derecho y retomar la posesión – es necesario que se informe al arrendatario con un preaviso mínimo de dos meses.
El método más seguro para enviar esta notificación es a través de un burofax, puesto que este ofrece un comprobante irrefutable del mensaje enviado y previene cualquier disputa sobre la fecha en la que se realizó el aviso.
En caso de que ambas partes no expresen ninguna objeción previa al término del contrato, este se ampliará automáticamente bajo los mismos términos establecidos inicialmente, por un periodo adicional de un año. Un proceso que continuará hasta alcanzar el máximo de extensiones permitidas por la normativa aplicable al acuerdo.
¿Aún tienes alguna duda por resolver? Ningún problema, en Area Real Estate queremos liberar a los propietarios de cualquier traba que pudiera darse en el proceso de arrendamiento, ayudándote de principio a fin.
Desde nuestro departamento de gestión de alquileres y patrimonios:
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